Respetemos las normas
Se recuerda que está vigente la ordenanza N° 1549 que prohíbe la comercialización y uso de pirotecnia de efecto audible (bombas de estruendo, “petardos”, “rompe-portones”, etc.).
En consecuencia, sólo está permitida la comercialización y el uso de pirotecnia A 11 y B 3 de efecto lumínico (fuegos artificiales, cañas voladoras, estrellas etc.), en los locales de venta inscriptos en el Área Derecho de Registro e Inspección, de Municipalidad de Firmat.
En pos de la convivencia y el bienestar de personas y animales, respetemos las normas.