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Nueva Línea de Asistencia Financiera
La Secretaría de Producción, Desarrollo Local y Medio Ambiente de la Municipalidad de Firmat junto a la Agencia de Desarrollo Región Rosario (ADERR), informan que se encuentra abierta la convocatoria para solicitar asistencia financiera a partir de la Línea para la Emergencia Mipymes, destinada a las PyMES que se vieron afectadas en sus ingresos en el marco de la emergencia sanitaria y el Aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Los interesados podrán asesorarse de lunes a viernes de 7.30 a 13 hs. a los teléfonos 03465- 423500 Int.33 / 3465 – 15599109, enviar un mail a sproduccionfirmat@gmail.com o escribir por mensaje privado al Facebook Oficinaempleo Firmat.
Características de la línea:
#Monto: hasta $100.000.
#Destino: Capital de Trabajo
#Plazo de amortización: dieciocho (18) meses, incluye período de gracia.
#Período de gracia: hasta seis (6) meses (sólo para capital), incluidos en el plazo total.
#Tasa nominal de interés: 13,5%
#Porcentaje de financiamiento: el 100% del monto del proyecto IVA incluido.
Podrán participar del programa aquellas MiPyMes industriales, comerciales y de servicios, inscriptas en AFIP que acrediten al menos 12 meses de antigüedad desde fecha de constitución formal, y que no registren situación crediticia 3, 4, 5 o 6 en la Central de Deudores del BCRA.
Las empresas solicitantes deben desarrollar como actividad declarada una de las incluidas en el Decreto 355/20 “Programa Atención Gobiernos Locales – Emergencia COVID-19”, según el siguiente detalle:
Comerciales: Calzado; Vestimenta; Marroquinería y Talabartería; Mercería; Relojería; Juguetería; Regalería; Joyería; Bazar; Antigüedades; Música e Instrumentos; Hilados; Florería; Pinturerías; Construcción; Equipamiento de Oficina; Equipamiento de Hogares, Camping y Pesca; Decoración y Cotillón.
Servicios: Restaurantes; Bares; Comedores; Cervecerías; Servicios Gastronómicos; Hotelería; Peluquería, Podología y Manicura; Reparación de Artículos del Hogar; Herrería; Gimnasio; Imprenta.
Industriales: la asistencia financiera se organiza en tres (3) tramos priorizando aquellas actividades que no han podido trabajar durante todo el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio, y considerando los dos tramos que fueron habilitados en abril. El orden de prioridad para la selección de los beneficiarios es el siguiente:
Tramo 1 – Alta: Actividades no exceptuadas en ningún DNU.
Obras privadas; Automotriz y autopartes; Electrónica y electrodomésticos; Indumentaria, Calzado y Productos Textiles; Productos del Tabaco; Metalurgia; Maquinaria y Equipos; Manufacturas del Cuero; Gráfica, Ediciones e Impresiones; Madera y Muebles; Juguetes; Cemento; Neumáticos; Bicicletas y Motos; Química y Petroquímica; Celulosa y Papel; Plásticos y subproductos; Cerámicos.
Tramo 2 – Intermedia: Actividades habilitadas a partir de mediados de abril.
Producción para la exportación (autorizados por MDP); Procesos industriales específicos (autorizados por MDP)
Tramo 3 – Baja: Actividades habilitadas a partir de principios de abril.
Producción, distribución y comercialización forestal y minera; Curtiembres; Aserraderos y Fábricas de productos de madera; Fábricas de colchones; Fábricas de maquinaria vial y agrícola; Industrias de procesos continuos (autorizados por MDP); Producción y distribución de biocombustibles; Obra privada de infraestructura energética.
No Aplican: Actividades esenciales exceptuadas desde el inicio.
Alimentación, su cadena productiva e insumos; Higiene personal y limpieza; Equipamiento médico; Medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios; Producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.